Expediente No. 707-2014

 Sentencia de Casación del 15/07/2016

“…Cámara Penal advierte la concurrencia de la extensión e intensidad del daño causado en el presente caso, en virtud que el daño ocasionado producto de la privación de la libertad de la víctima, va más allá de dicha privación, ya que traspasa el bien jurídico vulnerado y mantiene la incertidumbre a la ofendida de cuándo recobrará su libertad y cuando regresará a su hogar, así como para sus familiares, en especial, para su madre e hija. Además, la lesión del daño causado se amplía e intensifica con el dolor de las víctimas indirectas del delito, esto por no contar con su compañía, protección y cuidados, tal como fuera acreditado y observado por el tribunal de juicio cuando argumentó las razones que le indujeron a condenar al acusado…”